Crónica de una histórica muerte anunciada. La mítica y concurrida discoteca del litoral catalán, tras su trigésimo aniversario, ¡TOCADA Y HUNDIDA!
Era solamente cuestión de tiempo. ¡Lo sabíamos todos! La mítica, famosa y hasta el momento incuestionable discoteca del litoral catalán conocida como "L'Atlàntida Disco Beach Sitges", ha emprendido un viaje sin retorno hacía el recuerdo. Al igual que el mítico continente desaparecido del cual recibe su nombre, esta discoteca, tras su desaparición, posiblemente vea aumentado aún más su insaciable fama, ahora bien, solo en el recuerdo de todos sus devotos. Y es que la localidad de Sitges, por motivos de diversa índole, si bien, el más crucial es la inexistencia de espacios legales para este tipo de usos, no puede ofrecer una nueva ubicación a la discoteca. Cabe mencionar además que la misma, desde el pasado 2006 resulta incompatible con su actual planeamiento urbanístico (POUM-2006).
Tampoco resulta legalizable con la Ley de Costas de 1988 en la mano, ello por ser le de aplicación su Disposición Transitoria 4ª. Igualmente, el Plan Director Urbanístico del Sistema Costero de la Generalitat de Catalunya (PDUSC-2005), a día de hoy, no permite en estos entornos costeros, ni la construcción de este tipo de equipamientos, ni el uso que como éste aún sobrevivían, ello, porque resulta incompatible con los destinos que este Plan Director de la Generalitat estableció para ese tipo de suelos calificados como "no urbanizables, costeros y de de máxima protección". Así, los únicos usos permitidos son exclusivamente "las actividades y usos relacionados con el medio natural", por tanto, agrícolas y/o rústicas, no discotecas.
Si bien por el momento se están demoliendo 440 metros cuadrados de ocupación del Dominio Público Marítimo Terrestre (tal y como establece la Sentencia de la Sección Primera, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de fecha 13 de noviembre de 2007), no está del todo claro que el resto de la discoteca no sentenciada (esto es, unos 1400 metros cuadrados aproximadamente, situados sobre la parcela núm.34), decida continuar con el negocio, no al menos en esa misma ubicación. Y es que según personal laboral de la misma discoteca, al suponer este derribo la eliminación de casi la totalidad de la pista de baile y de la zona vip, situadas ambas en los laterales del frente marítimo, el nuevo aforo de público que resulta de esta situación es irrisorio, al menos, en comparación con el que hasta ahora disponía.
Ello parece provocar la dudosa viabilidad económica del negocio según la nueva realidad física de las instalaciones, cosa que provocaría el presunto cierre y demolición definitiva del resto de la discoteca, cabe recordar, situada sobre una parcela propiedad de su mismo dueño el Sr. Martín Ferrer, en la que antiguamente existió una casa particular denominada "Chalet l'Atlàntida", si bien de dimensiones bastantes menos voluminosas que las actuales. Casualidades o paradojas de la vida, finca que justo al lado convivía con el antiguo Cuartel de la Guardia Civil de Sitges.
En cualquier caso, la información relativa al cierre definitivo y demolición, no ha sido contrastada directamente con la dirección de la discoteca, por lo que será necesario esperar un tiempo prudencial, para en cualquier caso, corroborar o descartar esta posibilidad.
Por último, y retomando el hilo de las demoliciones que debe realizar, fruto de las últimas obras de mejora y ampliación que se realizaron en la discoteca justo antes de inaugurar la temporada estival (29/may a 19/sep 2010), el Ayuntamiento de Sitges procedió a incoar un Expediente de Protección de la Legalidad Urbanística. Resultado de éste, la discoteca (si es que no opta por acabar demoliendo toda la instalación), deberá devolver las obras ilegales a su estado anterior por no ser legalizables. En el marco de esta infracción urbanística catalogada por la Ley de Urbanismo de Catalunya como "muy grave", la Generalitat de Catalunya está instruyendo expediente sancionador, que por haber comprobado los hechos irregulares sin excusa alguna, sancionará al propietario como promotor de las obras con multa de entre 30.001 y 1.500.000 euros.
El alcalde de Sitges, según publicó el diario "Avui-El Punt" de fecha 8 de octubre 2010, considera que "no es justo lo que sucede" en referencia a las molestias que ocasionaba durante su explotación a los vecinos más cercanos, a la saturación de vehículos en la zona de Terramar y a los "botellones" que se hacían en las calles más próximas. Lo cierto es que hasta el momento, el Consistorio de Sitges ha sido un firme defensor de esta instalación. Cabrá ver como se posiciona políticamente a partir de ahora con tanta ilegalidad e incompatibilidad normativa de por medio. Además, mayoritariamente, la población de Sitges parece no sentir un especial apego hacia esta discoteca, ya que desde hacía años decidió rechazar el estereotipo de ocio nocturno que siempre ha caracterizado al pueblo que la vio nacer, apostando por un ocio nocturno que ingresaba ingentes beneficios con ingentes masas de personas que buscaban emborracharse por cuatro duros.
Así, por ejemplo, según una publicación en el diario "La Vanguardia" de fecha 11 de junio de 2005, la continuidad de la discoteca, ya por entonces cuestionada, habida cuenta de la expiración de la concesión de ocupación del Dominio Público Marítimo Terrestre, contó con el respaldo por ejemplo del por entonces Concejal de Vía Pública, limpieza y playas, y del Portavoz del gobierno municipal y Concejal de Prevención y Seguridad Ciudadana. En este artículo se llegó a afirmar que la Atlàntida "es una discoteca de caché y prestigio" y que "es un reclamo para la oferta de ocio nocturno en Sitges".
En conexión con estas afirmaciones, lo cierto es que el tipo de público que asistía a l`Atlàntida no tenía nada que ver con el que asiste durante todo el año, por ejemplo, al Pacha del Port d’Aiguadolç. Esta instalación sí parece ser una "discoteca de caché y prestigio" a la que acude un público más selecto a diferencia de las que asistían a l’Atlàntida. Aunque quizás lo más importante en realidad sea que a diferencia de ésta, Pacha ni ocasiona molestias acústicas a los vecinos, ni su público hace “botellón” en los alrededores, ni provoca problemas de movilidad e inseguridad. Ahora bien, el argumento estrella defendido sistemáticamente por el Consistorio ha sido la seguridad y movilidad. Afirmaron que era más seguro situar a las cerca de 2000 personas que asistían diariamente a l’Atlàntida en aquel emplazamiento que tenerlas por las calles del pueblo. Esto es una defensa que merece calificar cuando menos de hipócrita, ya que el público de l’Atlàntida no acude a Sitges en sí sino a l’Atlàntida.
En vista de los acontecimientos, el pasado mes de junio se efectuó denuncia ante l’Oficina Antifrau de la Generalitat de Catalunya y en la Fiscalía Urbanística de la Provincia de Barcelona. Ambos entes podrían llegar a depurar responsabilidades incluso del tipo penal dentro del Consistorio por posibles irregularidades en la tardía apertura del expediente de protección de la legalidad urbanística.
Sea como fuere, una cosa está clara, la Atlàntida que ahora queda en pie ya no puede presumir del "uso privado" de una cala ni de pinchar música con el mar a los pies. Ahora solo queda una discoteca ordinaria como cualquier otra, necesitada de un espacio que la ley no puede otorgarle.
Atlàntida, tocada y hundida!
Vía: Blog de Moèbius
Desde el Recomendancing lamentamos que ocurran estos hechos inexplicables y nos hacemos la reflexión cuando vemos que se inauguran nuevos hoteles justo al lado del mar, como por ejemplo el nuevo Hotel W de Barcelona, más conocido como hotel vela, un hotel de 5 estrellas de gran lujo situado en el puerto de Barcelona.
Es posible que su construcción haya infringido la ley de protección de costas ya que el edificio se encuentra a 20 metros del agua y en instalaciones portuarias.
¿La ley está hecha para todos?
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